[No_docentes] REINTEGRO DE APORTES JUBILATORIOS SEGÚN DTO. 561/2019

Dcción. Liq. de Haberes haberes en uner.edu.ar
Vie Ago 30 14:03:23 -03 2019


Estimados:

Por indicación del Secretario Económico Financiero nos dirigimos a Uds. en
virtud del Decreto 561/2019 emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, más
precisamente en lo enunciado en su ARTÍCULO 4°:

*“ARTÍCULO 4º.- El ESTADO NACIONAL financiará el aporte personal de los
trabajadores en relación de dependencia a que se refiere el inciso a) del
artículo 10 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que se devengue
durante los meses de agosto y septiembre del año 2019, en una suma
equivalente a PESOS DOS MIL ($2.000) mensuales o al CIEN POR CIENTO (100%)
de su valor, lo que resulte menor.*

*Lo previsto en este artículo tendrá efectos, exclusivamente, para quienes
tengan una remuneración bruta mensual devengada en el mes de que se trate
de hasta PESOS SESENTA MIL ($60.000).”*

Visto dicho decreto, la AFIP emitió la Resolución General N° 4558/2019
donde resuelve lo siguiente:

*“ARTÍCULO 3°.- En el supuesto de simultaneidad de actividades en relación
de dependencia para distintos empleadores y siempre que por esos servicios
la sumatoria de las remuneraciones imponibles no supere el límite aludido
en el primer párrafo del Artículo 2°, el trabajador deberá informar
-mediante nota- a cada uno de los empleadores la porción del beneficio que
corresponde aplicar en función a su remuneración imponible, a fin de que
dicho beneficio no supere el tope fijado en el Artículo 4° del Decreto
N° 561/19.”*

En consecuencia, quienes lleven a cabo otra actividad en relación de
dependencia, ya sea en organismos oficiales o privados, deberán informar
por ésta vía (haberes en uner.edu.ar) el haber bruto remunerativo percibido
por el mes de Agosto, *hasta el día 15 de septiembre inclusive.*

De no informarse lo requerido, procederemos a liquidar el beneficio bajo el
supuesto de único empleador. Ante cualquier reclamo, por parte del
organismo fiscalizador, de inconsistencias en la liquidación del mismo u
omisión de informar los haberes externos, automáticamente se descontará de
la próxima liquidación, el beneficio percibido indebidamente con los
intereses/multas que corresponda.


Los saludamos atentamente,


*DIRECCIÓN DE LIQUIDACIÓN DE HABERES*
Universidad Nacional de Entre Ríos - Rectorado
Eva Perón 24 - Concepción del Uruguay - CP 3260
Horario: Lunes a Viernes de 7,30 a 14 Hs.
Teléfono: (03442) 421510
Email: haberes en uner.edu.ar
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