[No_docentes] LICENCIAS MEDICAS RECORDATORIO
Dpto. Personal Fac.Cs.Alimentación
personal en fcal.uner.edu.ar
Mie Jun 19 11:11:11 -03 2019
Buenos días: reenvío instructivo de Carga de Licencias en sistema.
Les recuerdo que el aviso de ausencia antes de la carga debe realizarse
dentro de las 2 horas posterior a su horario.
Copio a Continuación Art. 5 de la Ordenanza que lo indica
ARTÍCULO 5".- "Comunicaciones de ausencias.Se establece que el agente de
esta universidad que no asista a trabajar por razones de salud
personales o de sus familiares a cargo, conforme a su régimen
delicencias, debe comunicar tal contingenciaala respectiva área de
Personal con la mayoranticipación posible y hasta LAS DOS PRIMERAS HORAS
POSTERIORES AL HORARIO de ingreso altrabajo, bajo apercibimiento de no
encuadrarse la licencia dentro de las causales referidas,salvo causa
grave acreditada que imposibilite tal comunicación.El aviso debe darlo
el propio agente -o terceros, ante imposibilidad que loefectúe el mismo-
por cualquier medio habilitado, prioritariamente por correo
electrónico,ante la oficina de personal respectiva. Dicho aviso deberá
efectuarse en todas lasdependencias donde el agente presta servicios,
acompañando original en una de ellas ycopia en la otra.Con la
comunicación, debe informarse si se va a ausentar de su domicilio,en su
caso indicando los horarios. Debe precisar la dirección del lugar en que
permaneceráy el número de la línea telefónica fija o personal para su
localización.En su caso, debe informar en forma inmediata la cantidad de
días de noconcurrencia al trabajo prescriptos por el médico particular.
El responsable del área de Personal debe registrar inmediatamente
lassolicitudes recibidas, y comunicarlas al órgano superior del agente
ausente, conforme lodisponga el Rector o los Decanos en sus respectivos
ámbitos."
Estimado Personal:
nos dirigimos a ustedes para recordarles que se encuentra vigente la
ordenanza "C.S Nº 430 que establece las normas y competencias para
verificar el estado de salud psicofisica de los agentes de la
Universidad y la Resolucion Rector Nº 496/18 donde se aprueba la
reglamentación, implementación, funciones y competencia del Area de
Medicina Laboral de la UNER.
A partir de esta reglamentación cada agente debe dar aviso de ausencia
por enfermedad, luego solicitar la Licencia Médica por medio del Sistema
de Autogestión y adjuntar el certificado médico correspondiente.
Tanto la ordenanza de CS 430 como la Resolución del Rector 496/18,
pueden ser consultadas en el digesto de la Universidad
http://www.digesto.uner.edu.ar/
IMPORTANTE:
Se adjunta el enlace al video tutorial elaborado en relación al uso del
sistema de autogestión para la solicitud de licencias comprendidas en la
Ordenanza nº 430 y su reglamentación.
https://youtu.be/TiiYr8ET7kk
Saludos
--
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DPTO. DE PERSONAL
TEL. (0345) 4231449
FACULTAD DE CIENCIAS DE LA ALIMENTACIÓN
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ENTRE RÍOS
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Recuerde que ningun Administrador de red le solicitará el envío de una
contraseña por correo electrónico.
Si recibe un correo en el que se solicita una contraseña seguramente se
trata de un fraude; avise del mismo a sus administradores de red a la
brevedad.
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Facultad de Ciencias de la Alimentación
Universidad Nacional de Entre Ríos
http://www.fcal.uner.edu.ar/
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