[Docentes] informacion sobre titulos

Liliana Zapata zapatal en fcal.uner.edu.ar
Mar Oct 4 18:52:22 ART 2011


Señores Docentes: Les envío información de la Secretaría Académica - UNER  respecto a los títulos académicos  para su conocimiento,  y realice el trámite pertinente antes del 12/10/11
Muchas gracias Saludos Liliana

> Por indicación de la Secretaria Académica Lic. Roxana Puig, me dirijo
> a ud.  con el objeto de solicitarle convoque a sus docentes a presentar, a
> la mayor brevedad, copia de los títulos de ESPECIALIZACIONES
> correspondientes para el relevamiento que va a realizar la Secretaría de
> Políticas Universitarias, en el cual  se basará para instrumentar el pago
> del Adicional de dichos títulos.
>
> A efectos del relevamiento, el mismo deberá ser solicitado según el
> siguiente procedimiento:
> a_ Los docentes deben remitir nota a esta  Secretaría  con  fotocopias del
> título, de la Resolución Ministerial que otorga reconocimiento oficial  y
> de la Resolución Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación
> Universitaria (CONEAU) de acreditación de la carrera cuando se trate de un
> título emitido por otra universidad argentina.
> b_ Al remitir  la copia autenticada  cada Unidad Académica a la Secretaría
> Académica se  verificará que la documentación se ajuste a los
> requerimientos y confeccionará la Declaración Jurada (Anexo I)  para
> remitir a la Dirección Nacional de Presupuesto e Información del
> Ministerio de Educación.
> c_ La copia de la Declaración Jurada se enviará a la Dirección de Personal
> para el registro de los datos en el sistema.
>
> Como criterio general se considerarán válidos los títulos cuyas carreras
> de especialización se encuentren acreditadas por la Comisión Nacional de
> Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) y cuenten con
> reconocimiento oficial y consecuente validez nacional.
>
> Serán considerados válidos casos particulares de Diplomas que no se
> encuentren acreditados por CONEAU pero cuyas carreras cuenten con
> reconocimiento oficial,  (Resolución Ministerial de fecha anterior a la
> Ley Nº 24521), Res. del Consejo Superior, Directivo o Académico que crea
> dicho posgrado. También en caso que el Diploma no cuente con
> reconocimiento oficial, pero se encuentre acreditada por CONEAU y la
> Universidad haya iniciado ante la Dirección Nacion al de Gestión
> Universitaria (DNGU) de la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU)
> del Ministerio de Educación, el trámite de reconocimiento oficial.
> Para docentes que posean Títulos de Especialización emitidos por la
> Universidades extranjeras:
> Si el título fue expedido por una Institución extranjera, el mismo deberá
> contar  con la  debida acreditación de un organismo equivalente a  la
> Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU). En
> caso de no existir organismo similar, se deberá dejar constancia del
> cumplimiento de los mecanismos de validación vigentes en el país otorgante
> del título. El docente deberá presentar copia de las normativas
> correspondientes que avalen esa condición.
>
> - Los títulos nacionales deberán poseer la legalización del Ministerio
> de Educación, respecto de los títulos obtenidos en el extranjero, los
> mismos deberán encontrarse legalizados con Apostillado de La Haya o
> equivalentes.
>
>                       Desde ya muchas gracias, saludo a usted muy
> atentamente.
>
>
> Paola Bolli
> Dirección Curriculum - Sec. Académica
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